A partir de un caso de Bullying planteado por un padre en un colegio, consultamos al Dr. Ricardo Rinaldoni, secretario de Fiscalía para conocer como actúa la Justicia ante una situación de violencia en los colegios.
Según el caso puntual planteado, la agresión existe por parte de un menor a otro. En lo jurídico estamos dentro de la Minoridad y respecto al agresor no podemos actuar.
Hay que ver que control ejercen las autoridades del colegio sobre esta situación, porque si conocen el problema ya sea por reitero o porque no se tomaron las medidas correctivas necesarias para prevenir este hecho, puede haber un incumplimiento en los deberes de funcionarios públicos de parte del mayor.
Hay que contar con la denuncia para ver como se plantea la situación.
Al tener conocimiento del hecho y no tomar medidas, puede haber por parte del mayor en este caso directivos, una omisión a los deberes de funcionarios públicos.
El papá en caso de que en el colegio no le brinden solución puede recurrir a la Unidad Judicial a hacer la denuncia.
Cable aclarar que hay que estudiar e investigar y vemos si tenemos competencia en Fiscalía para actuar. Si hay algún responsable penal mayor se va a actuar, pero si vemos que no hay ningún mayor que tenga participación en el hecho desde el punto de vista penal, se enviaran los antecedentes al Juzgado de Menores para ver si tiene competencia o intervención y aplicar una figura denominada actos de inconducta porque el agresor no es merecedor de un reproche penal porque es menor.
Ante este tipo de situaciones, el Juez arma una causa y suele imputarle actos de inconducta.