El Gobierno nacional formalizó hoy viernes la ampliación de la lista de actividades consideradas esenciales y que por ello quedarán exceptuadas de cumplir el estricto asilamiento que se estableció con la cuarentena general contra el Coronavirus.
Así se resolvió a través de la decisión administrativa 450/2020 publicada en el Boletín Oficial.
«La realidad de la implementación de aislamiento social, preventivo y obligatorio ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”, indica el texto oficial.
En total, se consideraron las actividades de siete rubros, entre los que figuran los corralones, distintas producciones, la actividad del comercio exterior y servicios de mantenimiento y fumigación, entre otros.
“Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales”, se aclara en la normativa. Y se remarca que, en todos estos casos, “los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”.
Las nuevas categorías habilitadas para circular
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
Fuente: La voz del Interior