Fallo en el caso Nancy Gutiérrez, la empleada cesanteada que por segunda vez fue reincorporada al Municipio por una cautelar hasta el vencimiento de su contrato laboral. La palabra de la Dra. Melina Benedetti.
La señora Gutiérrez fue separada de su cargo por una recisión anticipada del contrato administrativo que tenía. Cuando hace la presentación ante la Justicia ella entiende que tiene fueros sindicales que le permiten estar en su puesto aun durante todo el contrato y después de su vencimiento mientras dure su función sindical.
El juez como medida cautelar dicta la reincorporación durante el plazo que quedada de contrato vigente que eran aproximadamente dos meses, luego dicta el fallo final de Primera Instancia donde dice que la protección sindical del personal contratado por un plazo determinado dura lo que dura el contrato.
También rechaza la aplicación de una sanción contra la Municipalidad.
En disconformidad con esta medida la parte actora, la apela y se llega a la Cámara de Trabajo. La Cámara ratifica en su totalidad lo que dijo el juez de Primera instancia y es justamente que la recisión anticipada si bien no correspondió hacerla por el Municipio; a partir de la medida cautelar le permitió a la señora Gutiérrez continuar en su puesto hasta el vencimiento del contrato; pero que la protección sindical no va más allá del plazo del contrato.
Incluso hace alguna apreciación que podría ser abusivo de parte del trabajador para durar en su puesto de trabajo por el tiempo que dure su cargo sindical, cuando su contrato està vencido. Y rechaza la apelación planteada por la señora Gutiérrez.
Existe una medida cautelar vigente que le permite cumplimentar los dos meses de contrato que le quedaron y luego se prorroga la cautelar hasta la sentencia. Ahora queda una instancia posterior que no se cual es la postura si el actor acudirà ante el Tribunal Superior de Justicia.
El contrato está vencido desde hace casi un año y actualmente la señora Gutiérrez està trabajado y cobrando un sueldo en base a una medida cautelar.
Ahora queda una instancia que es el recurso de casación pero hay que ver si lo utilizan o no. Si la sentencia queda firme, porque no recurren, la cautelar pierde sentido porque hay una resolución firme. Antes de fin de mes tiene que saberse si queda la sentencia firme o no.