Caso Nancy Gutiérrez, la empleada cesanteada que por segunda vez fue reincorporada al Municipio. La palabra de la Dra. Melina Benedetti.
El año pasado la Municipalidad rescinde de forma anticipada el contrato por tiempo determinado con esta empleada.
La señora Gutierrez presenta una demanda fundada en la ley de asociaciones sindicales manifestando que tenia una tutela sindical y que debe ser reincorporada a su puesto.
Al presentar la demanda, esta persona tiene una medida cautelar es decir que mientras que se sustancie el juicio ella debe permanecer en su puesto de trabajo.
En primera instancia lo que dijo el juez es que el Municipio debió esperar que termine el plazo de contrato administrativo pero a su vez rechazó el pedido de reinstalación que hizo la señora Gutierrez a su puesto de trabajo, porque la Municipalidad hizo mal en rescindir anticipadamente el contrato, pero a la fecha de la sentencia el plazo del contrato que la vinculaba a la Municipalidad ya estaba vencido, y por esta razón no hizo lugar a la reinstalación.
La señora Gutiérrez manifestó que querìa volver a su puesto de trabajo por el tiempo que dure el mandato, pero el Municipio dijo que existe un plazo de contrato donde puede seguir en su puesto de trabajo. El juez otorgó la razón al municipio diciendo que el hecho que esta empleada sea parte del directorio del SUOEM no la convierte en que la Municipalidad estè obligada a prorrogar el contrato.
Una cosa es el contrato con la Municipalidad y otra cosa diferente es el cargo que ella tiene en el SUOEM.
Al salir el fallo de primera instancia el Juez dijo que la reinstalación debe ser rechazada porque el contrato està vencido y el hecho de ser parte del directorio del SUOEM con un cargo electivo no cambia el contrato que la unía a la Municipalidad que era por plazo determinado y no indeterminado.
La señora Gutièrrez apela esta sentencia y el expediente debe ser elevado a la Cámara del Trabajo. Mientas tanto la medida cautelar sigue vigente y lo decretado por el juez es que permanezca en su puesto de trabajo hasta que se tramite el juicio. Como ahora se apelò pasa a la Cámara del Trabajo.
El fallo de primera instancia salió favorable para la Municipalidad, pero la medida cautelar sigue vigente.
La sentencia en primera instancia saliò a favor del Municipio, pero como medida cautelar vigente debe persistir en su puesto de trabajo.