Lo dictaminó el Tribunal de Familia de Córdoba contra una mujer que incumple el sistema de visitas, impidiendo que su ex pareja vea al niño.
En un fallo novedoso, los Tribunales de Familia de Córdoba obligaron a una mujer a pagar una multa monetaria por impedirle a su ex pareja y padre de su hijo, ver al pequeño, hoy de dos años.
La Justicia entendió que la mujer no cumple con el Acuerdo de Sistema de Comunicación, cuyo fallo data del 2016.
“Es una medida nueva que ha adoptado el Código Civil a fin de qué se pueda cumplir, ya que hay un derecho que está siendo violado, que es el derecho al niño”, explicó la abogada defensora del padre del pequeño, Claudia Maldonado.
“Hay que hacerle entender a las madres que los niños no son un trofeo y no son únicos de ella. Hay un padre al cual le deben permitir que vea a su hijo”, agregó.
La letrada señaló que la mujer recibirá una multa, de 670 pesos aproximadamente, por cada día que le impida ver el niño a su padre.
“Son medios para forzar el cumplimiento, son multas en dinero y cada día que no se lo deje ver, le aplicaran una multa diaria”, detalló.
“Es un padre que solamente quiere ver a su hijo, es el único derecho que él reclama”, concluyó.
La Nueva Mañana.-