PANORAMA accedió al proyecto de ordenanza sobre los boulevares y hay algunas cuestiones que no están especificadas o claras.
ORDENANZA Nro.
El Concejo Deliberante de la ciudad de Marcos Juárez, sanciona con fuerza de ORDENANZA:
Art.1) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a retirar los canteros centrales en aquellas calles de la ciudad que, debido al ancho de las mismas, provoquen dificultades de circulación, de ingreso a las cocheras, dificultades de visibilidad, o cualquier otro inconveniente a los vecinos frentistas.-
Art.2) Los canteros centrales, deberán ser reemplazados por tachas u otros elementos de demarcación, conforme a reglamentaciones vigentes en materia vial, respetando el mobiliario urbano existente en los mismos. Esta adecuación, deberá realizarse en un plazo máximo de noventa (90) días.
Art.3) El Departamento Ejecutivo evaluará cada caso particular, considerando que el ancho mínimo de calzada debe ser de 7 metros (7 m.) para cada sentido de circulación, para tolerar la existencia de un cantero central.
Art. 4) En el caso de calles que ya tuvieren proyectos de ejecución de pavimento, se procederá a reelaborar los mismos, conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza.-
Art.5) Comuníquese, publíquese, dése al Registro municipal y archívese.-
DADA Y APROBADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MARCOS JUAREZ, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2016.-
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En el Art.1 no aclara cuales (o sea que puede tratarse de cualquiera) Los Boulevares son ordenadores de Tránsito y no provocan problemas de ingreso a cocheras a conductores normales.
Por otro lado en el Art. 2 no dice que entiende por mobiliario urbano. Ej. Las plantas son mobiliario?